La República de Panamá, tiene normas claramente establecidas para permitir que una empresa pueda brindar los servicios de seguridad, vigilancias. Usted, como administrador, miembro de una junta directiva o persona encargada de la contratación de seguridad para sus instalaciones, debe exigir a la empresa seleccionada:
• Aviso de Operaciones
• Resuelto del DIASP / Ministerio de seguridad que les permite operar como agencia
• Seguro de responsabilidad civil
• Paz y salvo de CSS
• Paz y Salvo de la oficina del DIASP, entregado cada año después del mes de marzo
En el mercado, existen muchas compañías que operan bajo el concepto de conserjería, pero realmente ofrecen y compiten de manera desleal con las agencias de vigilancias serias y que acatan las disposiciones legales vigentes.
Una empresa de seguridad debe tener domicilio fijo y conocido, personal idóneo y si es posible, con certificaciones internacionales, reconocidas y vigentes que le aporten valor y experiencia a la gestión y que se constituyan en un aliado confiable.
Una agencia de seguridad debe convertirse en:
• Un socio estratégico
• Debe generar confianza
• Debe ser proactiva
• Proactividad a los acontecimientos nacionales
• Debe tener capacidad de ajuste
• Debe tener personal entrenado y capacitado